martes, 22 de diciembre de 2009

Tercera suspención parcial de la Ley de Medios

La jueza federal Olga Pura de Arrabal, con asiento en Mendoza, suspendió la aplicación de toda la ley de medios audiovisuales, porque encontró que el Congreso habría incurrido en serias irregularidades reglamentarias durante el trámite de sanción de la ley y pidió informes al Poder Ejecutivo y al Congreso.
La medida cautelar fue dispuesta por la jueza Pura de Arrabal en una causa promovida por el diputado Enrique Thomas (Peronismo Federal-Mendoza). Esta es la tercera medida cautelar contra la ley de medios en siete días, pero el fallo es mucho más amplio, en sus alcances, que los dictados por el juez federal Edmundo Carbone, de la Capital Federal, y por el juez federal Miguel Medina, de Salta.

Esas resoluciones pusieron de relieve importantes cuestionamientos a la validez constitucional de esos artículos y suspendieron la vigencia de esas normas, sin perjuicio de que otros tramos de la ley sí continúen vigentes. La resolución de Medina, sin embargo, pretendió ir más allá en sus alcances y ordenó al Poder Ejecutivo que frenara la reglamentación de la ley.
A diferencia de esos fallos, el dictado por Pura de Arrabal ataca a la ley durante su mismo trámite de sanción: es decir, no parte de dudar de la validez de algunos artículos de una ley vigente, sino que, directamente, acepta provisionalmente -en forma cautelar- que la ley pudo haber sido sancionada con graves vicios durante el procedimiento legislativo: si esto es así, en rigor, la ley nunca debió sancionarse.
Por eso, la magistrada federal ordenó la suspensión de la aplicación de la ley y de todos los actos que la pongan en ejecución y les corrió traslado al Poder Ejecutivo y al Congreso nacional para que brindaran un informe en el plazo de catorce días.
El fallo dictado por la jueza Pura de Arrabal consideró los siguientes puntos:
• Cita un fallo de la Corte (el caso Binotti) que invalidó una decisión legislativa porque había sido adoptada en violación al reglamento legislativo.
• El Amparista acreditó que se había vulnerado el reglamento de la Cámara de Diputados y el artículo 66 de la Constitución, "lo que afecta la legalidad del acto en sí".
• Consideró acreditadas distintas irregularidades, entre ellas, que los despachos de comisión fueron firmados por diputados que no estaban presentes, que no fueron puestos en secretaría a disposición de la prensa para su publicación durante las 24 horas siguientes, ni estuvieron en observación durante siete días hábiles, ni se respetó el quórum. En realidad, no ocurrió nada de ello en la única madrugada que alcanzó para decidir los despachos de comisión y votar en el recinto: para la jueza, la ley tuvo un trámite "vertiginoso, no obstante la extensión de 165 artículos y la calidad de sus disposiciones".
• Señala que la ley, por su contenido, podría violar el artículo 32 de la Constitución nacional -que prohíbe dictar leyes que restrinjan la libertad de imprenta- y el artículo 13 de la Convención Americana.
• Para justificar la decisión de suspender la norma en su plenitud, explicó: "No hacerlo implicaría poner en ejecución una norma impugnada como nula desde su nacimiento".
Fuente: diario la Nación del 22/12/2009
Mientras nuestras instituciones luchen por la supremacía de la Constitución y el respetos de sus garantías civiles, estaremos dándole batalla a los candidatos, tipo tiranosaurus rex, que pretendan hacer de esta nación republicana y federal, una republiqueta sometida por el autoritarismo vetusto de politiqueros mediocres.
Los tres jueces de mi Patria me honran y me llenan de esperanza en la justicia, a pesar de todas las falencias, que a diario se ocupan muchos de enumerar.

viernes, 18 de diciembre de 2009

Síntomas dictatoriales en Latinoamérica

Hace un par de días, dos noticias me pusieron en estado de alerta jurídico.

La primera fue desde Venezuela:
Un nuevo conflicto de poderes sacude a Venezuela. El presidente Hugo Chávez reclamó una pena de 30 años de cárcel para una jueza que fue detenida el jueves, acusada del delito de "abuso de poder" tras otorgarle la libertad a un banquero.

El mandatario llamó "bandida" a la magistrada, lo cual desató el rechazo de la oposición y de algunos expertos legales, según los cuales el caso es un indicio más de la influencia que Chávez sobre el Poder Judicial.

La otra noticia es local:

El presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, Ricardo Recondo, calificó hoy como “un Golpe de Estado contra el Poder Judicial” que el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, ordenara a la policía desconocer una resolución judicial para desalojar la sede del gremio de los aeronavegantes, en conflicto por las elecciones de sus autoridades.

“Hay una subversión constitucional. Antes se pretendía manejar a los jueces a través del Consejo de la Magistratura, nombrando jueces amigos, presionándolos, y ahora resulta que cuando se encuentran con un juez que procede de manera independiente, se ordena no cumplir con sus órdenes”, se quejó Recondo.

En ambos casos, es evidente la violación a la Autonomía de poderes.

Avasallando la autoridad judicial, se destruye el equilibrio que otorga la división de los poderes del estado. De ese modo se socaban los cimientos de toda República Democrática.
Siempre está latente el espíritu dictatorial, y tienta a quienes tienen el poder ejecutivo. Esa sed insaciable de poder los lleva a manejar y manipular al poder legislativo en primer término, ya que es más fácil de acceder. Cuando lograrón amancebar a los legisladores van por más; tratando de amordazar, frenar, condicionar o quitarle poder a la Justicia.

Cuando estamos presenciando actos de éste tipo, la situación a mi criterio es grave. Como ciudadanos, cada uno desde su puesto tiene que defender las instituciones que dan vida y fortaleza al sistema democrático. Por ello es bueno ver a las instituciones defendiéndose frente a los avances ilegales de los otros poderes.

Un ejemplo de lo que digo está en los jueces que hacen valer las garantías constitucionales, enfrentándose a los poderosos, como es el caso del juez civil y comercial federal Edmundo Carbone.

Frente a una nueva ley de medios audiovisuales, que es lesiva del derecho de la propiedad suspendió la aplicación de dos artículos que obligan a desprenderse de canales de televisión, radios y señales en el plazo de un año, y sólo autorizan a transferir licencias con la autorización de la nueva Autoridad de Aplicación, que pretende controlar el oficialismo.
Esta medida cautelar, solicitada por el Grupo Clarín (particularmente perjudicado por aquellos artículos), es la primera decisión judicial contra la controvertida ley de medios.
La resolución ya fue notificada a la Jefatura de Gabinete y suspende la aplicación de los artículos 41 y 161 de la ley sancionada en octubre por entender que podrían afectar "en forma retroactiva e inconstitucional" los derechos de propiedad y de industria lícita. La ley intenta cambiar el mapa de los medios audiovisuales en la Argentina, donde operan siete grandes grupos y muchos operadores más pequeños.

Si la Justicia en el futuro, confirmase que el artículo 161 es inconstitucional, los grupos de medios no tendrían la obligación de vender (desinvertir), lo que viola el derecho de propiedad sobre las inversiones que hicieron en el sector.
Para el juez, "los artículos en cuestión conducen a un menoscabo de los derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita" y, citando un fallo de la Corte Suprema, recordó que "si bien el Estado puede reglamentar el derecho de propiedad, el ejercicio de esa facultad no puede conducir a disminuir sustancialmente el valor de una cosa" (en alusión a la pérdida del valor de las licencias). "El contenido del derecho constitucional de propiedad se vincula con la noción de derechos adquiridos, o sea, de derechos definitivamente incorporados al patrimonio de una persona. Y, por otra parte, los artículos 41 y 161 de la ley contrarían el Código Civil, que establece que las leyes no tienen efecto retroactivo y que la eventual retroactividad nunca podrá afectar derechos amparados por garantías constitucionales."
También afirma que "resulta sumamente llamativo que la ley haya sido sancionada, promulgada y publicada en el Boletín Oficial el mismo día, destacando que se trata de un día inhábil para la administración pública, ya que su publicación se produjo el sábado 10 de octubre del corriente año, siendo que tal publicación se edita de lunes a viernes y no se indican las razones del apresuramiento".
Estos hechos muestran en los gobernantes una falta absoluta de respeto por la Administración de la Justicia y por las leyes que rigen el Estado que están administrando por mandato popular.

Mientras no instauremos un sistema jurídico que obligue a los gobernantes salientes a rendir cuantas por sus actos, y no maduremos una conciencia popular de control permanente sobre los actos de gobierno; tendremos una república enferma por las conductas dictatoriales.

Rescato el patriotismo y la valía de hombres como el Juez Edmundo Carbone, que defiende el Estado de Derecho, haciendo respetar las garantías constitucionales no solo a los particulares, en éste caso al poder ejecutivo y legislativo en pleno.

Espero que la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirme su fallo, y declare inconstitucionales, las normas que agravian los derechos civiles de todos los que habitamos éste querido suelo argentino.

martes, 15 de diciembre de 2009

Una delicia

Este Stollen lo hice con la receta que posteó mi amiga Graciela, en su Blog recetasdecocinaaromasdemama.blogspot.com.

Es espectacular.

Si tienen gusto por la cocina y tiempo para hacer algo rico durante el fin de semana previo a la navidad, pruebenlo y verán los resultados en el amor de la familia.
Gracias Graciela por compartir estos secretos de la repostería alemana.
Y Feliz Navidad para todos los que gustan de estas tareas que tanta alegría le dan a su familia.

sábado, 12 de diciembre de 2009

Sentencia por Crímenes de lesa humanidad en Argentina

El ex titular del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, de 82 años, fue condenado este viernes y se le revocó la prisión domiciliaria que cumplía. El fallo fue unánime por los delitos de privación ilegítima de la libertad; imposición de tormentos; lesiones gravísimas y homicidio calificado por ensañamiento y alevosía.

Condenado hoy a prisión perpetua y deberá volver a una cárcel común, al revocarsele la prisión domiciliaria que cumplía, según el veredicto del juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en Córdoba durante la dictadura militar.

El Tribunal Oral Federal 1, en un fallo unánime, declaró a Menéndez "coautor mediato" de los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada (9 hechos); imposición de tormentos (10 hechos); lesiones gravísimas (1 hecho) y homicidio calificado por ensañamiento, alevosía y por el concurso de una pluralidad de partícipes (1 hecho).

En todos los casos, los delitos son calificados y agravados y en concurso real, en tanto que el veredicto añade la ’inhabilitación absoluta perpetua, accesorias legales y costas.

Para este juicio, que había comenzado el 20 de octubre pasado, se acumularon tres causas (Albareda, Morales y Moyano) y el único beneficiado con la absolución de los cargos, del total de seis imputados, fue el ex suboficial mayor de la policía provincial, Calixto Flores.

La condena perpetua y revocatoria de la prisión domiciliaria alcanzó también al jefe de la policía provincial durante estos hechos represivos, el coronel (r) Rodolfo Campos, por los delitos de ’privación ilegítima de la libertad, imposición de tormentos y homicidio calificado.

El tribunal de enjuiciamiento aplicó la misma condena y por idénticos delitos al ex comisario mayor (r) Armando Cejas y al comisario Hugo Britos.

En el caso del ex policía Miguel Angel Gómez, alias el ’gato’ o el ’sargento’, de 62 años, considerado uno de los temibles torturadores de la D2 (Departamento de Informaciones Policiles) recibió la sentencia de 16 años de prisión y se dispuso su inmediata detención.

Esa mañana, al hacer uso de la palabra, como es habitual en los juicios, Menéndez había reivindicado el accionar represivo, al sostener que se combatía un régimen comunista ruso que se había instalado en toda América Latina.

Fuente: Télam

Cuando la Justicia es demaciado rápida, peca de parcialidad ya que los jueces están influenciados por la indignación popular.
Cuando es demaciado lenta, sus sentencias son ineficaces porque pierden el sentido de equidad, reparación social y justo castigo.
El tiempo transcurrido entre el hecho dañino y la sentencia que restaura el orden social, es el que da la última palabra al pueblo, a la hora de sopesar los hechos y las sanciones.

Nunca es tarde para condenar crímenes de lesa humanidad, lo lamentable es que las instituciones del Estado hayan tenido que tardar tantos años para restaurar el orden social frente a estos hechos.

miércoles, 9 de diciembre de 2009

10 consejos para buscar (y encontrar) en Google

Dar con la información exacta en Google, no siempre es una tarea fácil. Sin embargo, empleando ciertas estrategias podemos encontrar absolutamente todo.

Todo el mundo sabe escribir unas palabras en el cuadro de búsqueda de Google, y la mayor parte de las veces esto le basta para encontrar rápidamente lo que busca. Sin embargo, en ciertas ocasiones la cosa se complica un poco, por lo que no está de más conocer unos cuantos trucos y consejos para afinar los resultados de estas búsquedas.

1. Si lo que buscamos es una frase exacta, debemos usar comillas. Es asombroso como mejoran los resultados sólo con ésta técnica. Por ejemplo, “PODER JUDICIAL” encuentra páginas en las que aparecen esas dos palabras juntas y en ese orden, mientras que sin las comillas, el buscador encuentra todas las páginas que contienen las dos palabras, pero en cualquier orden y aunque estas estén separadas.

2. A veces, es útil indicarle a Google lo que NO queremos encontrar. Si deseáramos buscar información sobre una computadora Apple, pero no queremos que Google nos arroje nada del Ipod de Apple, basta con agregar la palabra ipod con un signo menos (-) adelante. Por ejemplo: apple -ipod. Pueden excluirse varias palabras escribiendo cada una precedida del correspondiente guión. Ejemplo: PODER JUDICIAL –SAN JUAN – EXPEDIENTES.

3. Si deseamos recordar el nombre de un libro, o de una canción, o su autor, y sólo conocemos una parte de la letra o contenido… ¡Adelante, a escribirlo! Google acepta hasta 32 palabras en las búsquedas; suficiente para escribir parte de una canción “sin restricciones”.

4. Los sinónimos, las jergas técnicas y hasta dialectos de nuestro rico lenguaje, podrían provocar que nos detengamos a pensar “¿Con que palabra lo busco?”. Es posible escribir TODAS las palabras y que el buscador encuentre las páginas que contengan por lo menos alguna de ellas. Por ejemplo, si deseáramos encontrar todos los sitios que contengan la palabra auto ó vehículo ó coche ó automotor, basta con escribir: auto OR vehículo OR coche OR automotor.

5. Google es también capaz de buscar rangos de números cuando los separamos con dos puntos, por ejemplo 1990..1999. Muy útil para buscar noticias contenidas en un cierto intervalo en años, entre otras cosas. Si lo combinamos con alguna frase, podemos hacer búsquedas del tipo “San Juan” 1990..1999 que devolverán páginas en las que se hable de San Juan y aparezca alguno de los números entre 1990 y 1999.

6. Una herramienta muy útil son los comodines en las búsquedas, especialmente si no recordamos una o varias palabras. Así, podemos buscar “San Juan de la *” si no recordásemos en este caso la palabra Frontera.

7. Google no solo busca, sino que también responde. Sabe calcular, así que si escribimos 22*3,4, nos arrojará el resultado. Si le preguntamos “¿Cuál es el sentido de la vida?”, también nos responderá.

8. Si necesitamos saber el significado de una palabra ó acrónimo, podemos usar el comando define: para obtener una página con descripciones; al final de esta aparecen enlaces para buscar el mismo acrónimo en otros idiomas. Como ejemplos, podemos nombrar define:XGA ó define:salutación.

9. Es posible restringir los resultados de las búsquedas a un dominio de primer nivel determinado, como por ejemplo .org, .edu, .gov, etc. Así, gobernador:gov busca las páginas alojadas en sitios con dominio .gov (entidad gubernamental) en los que sale la palabra gobernador y investigación:edu busca las que incluyen la palabra investigación cuyo dominio finaliza en .edu (entidad educativa).

10. También es posible averiguar qué páginas enlazan con otra usando el operador link: seguido de la dirección de la página de la que deseemos averiguar. Por ejemplo, si escribimos link:http://mi-refugio-y-el-de-mis-amigos.blogspot.com/, conoceremos todas las páginas que tienen un enlace con el blog.

martes, 8 de diciembre de 2009

El Arbol de Navidad. Orígenes y Simbología.

En nuestra tradición popular, el Árbol de Navidad, se arma en los hogares en familia, con la participación muy especial de los más pequeños.
El 8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción de María, armamos el Árbol, lo adornamos y embellecemos el hogar, instalando el espíritu navideño a la espera del Nacimiento del Niño Jesús.


Frente a las preguntas de los niños y los adolescentes que cuestionan todas las costumbres y estructuras, es bueno saber cuales son los orígenes y la simbología de éste ritual de la Esperanza.

Orígenes:

Tiene sus orígenes en antiguas creencias.

Los germanos creían que un árbol gigantesco sostenía el mundo y que en sus ramas estaban sostenidas las estrellas, la luna y el sol.

Esta creencia se asemeja a lo que enseña la Cábala Judía. Los judíos poseen su Árbol de la Vida, que no existe materialmente, pero que se dibuja con diez redondeles, que representan las diez emanaciones espirituales o sefirots, a través de las cuales Dios habría dado origen a todo lo existente. Estas diez emanaciones se interconectan a su vez con las 22 letras del alfabeto hebreo y su compleja interpretación entra en el terreno de la Cábala.

El Árbol de Navidad también recuerda al manzano del Paraíso de cuyos frutos comieron Adán y Eva, y de donde provino el pecado original.(lo que explica la costumbre de poner a los árboles luces).

Era también símbolo de la vida, por no perder en invierno su verde follaje cuando casi toda la naturaleza parece muerta. En algunas casas en los países nórdicos durante el invierto se cortaban algunas ramas y se le decoraba con pan, fruta y adornos brillantes para alegrar la vida de los habitantes de la casa mientras transcurría el invierno.
El árbol en sí tiene varios significados religiosos ya que ha sido utilizado como símbolo de la unión del cielo y la tierra: ahonda sus raíces en la tierra y se levanta hasta el cielo.

En muchas religiones, sobre todo en las orientales, el árbol es un signo de encuentro con lo sagrado, del encuentro del hombre con la divinidad y de la divinidad con el hombre.

En Mesoamérica el árbol guarda un significado místico, inclusive tenían el ahuehuete como árbol sagrado.

Las tribus nórdicas europeas y americanas algunos grupos como los druidas, tenían árboles sagrados alrededor de los cuales se reunían para ritualmente entrar en comunión con Dios.

Se cuenta que un misionero inglés en Alemania, en el siglo VII, comprendiendo que era imposible arrancar de raíz esta tradición pagana, la adoptó dándole un sentido cristiano, haciendo que el árbol adornado fuera también un símbolo del nacimiento de Cristo. Algunos otros hablan que Martín Lutero fue quien introdujo esta costumbre al adornar con manzanas un árbol para tratar de explicar los dones que los hombres recibieron con el nacimiento de Jesucristo.

Los primeros documentos que nos hablan de la costumbre de colocar en Navidad árboles de abeto o de pino en las casas son del s. XVII y menciona a la región de Alsacia, tierra que se encuentra como Alemania y Francia. En los países nórdicos, en el s XVI, se empiezan a reunir las familias en torno a un árbol de Navidad. El día 24 los niños eran llevados a pasear o de día de campo, mientras los adultos colocaban y decoraban con dulces y juguetes el árbol; a su regreso los niños eran sorprendidos con el árbol y así daba inicio la celebración de la fiesta de Navidad. Esta costumbre cobra fuerza y se extiende como moda cuando la Reina Victoria de Inglaterra para celebrar la Navidad hace colocar un árbol en el palacio decorándolo con velitas que hacen relucir una serie de bellos y finos adornos.

Significado del Árbol de Navidad

Para algunas culturas el árbol tiene un significado místico ya que representa el medio la unión del cielo y la tierra, el árbol es un signo de encuentro con lo sagrado, del encuentro del hombre con la divinidad y de la divinidad con el hombre. Es muy común que los árboles estén relacionados con la fecundidad, el crecimiento, la sabiduría y la longevidad.

Las tribus nórdicas europeas y americanas como los druidas, tenían árboles sagrados alrededor de los cuales se reunían para ritualmente entrar en comunión con Dios.

Simbología Cristiana
Se asocia al árbol de Navidad con el árbol de la vida, que lucía en medio en medio del Jardín del Edén y después de la caída desaparece. La fruta y las decoraciones nos recuerdan las gracias y dones que el hombre tenía cuando vivía en el Paraíso en completa amistad Dios.

Por el nacimiento de Cristo, los hombres renacen y tienen acceso a la plenitud de la vida. El árbol de Navidad representa el haber recobrado dichos dones gracias al sacrificio de Jesucristo.
Los adornos del árbol y las luces que se encienden representan el nuevo estado paradisiaco que el amor de Cristo nos prepara. En la Biblia, el árbol aparece como un símbolo de la Vida, árbol que Dios coloca en medio del Paraíso como fuente de la inmortalidad (Gen 2, 9,3,22).

Pero el árbol puede también simbolizar la falsa sabiduría, la soberbia y la muerte cuando el hombre se aparta de Dios (Gen 2, 16-ss) seducido por la apariencia engañosa de este árbol y comiendo su fruto (gen 3, 2-6).
Cristo vino no únicamente a los hombres, vino como cabeza de una nueva creación, renovando todo lo que estaba caído. La presencia de Cristo responde al anhelo de la creación para ser liberada de la esclavitud y de la destrucción; mientras tanto se queja y sufre, tal como una mujer en sus dolores de parto tal como nos lo describe San Pablo en la epístola a los Romanos. Por eso el árbol de Navidad representa esa naturaleza restaurada y engalanada para recibir a su redentor; el árbol perennemente verde quiere saludar en nombre de la naturaleza renovada a su Señor "Alégrense los cielos y la tierra, retumbe el mar y el mundo submarino. Salten de gozo el campo y cuanto encierra, manifiesten los bosques regocijo" (salmo 5).


El árbol de Navidad también representa ese árbol que nace y que con el tiempo madurará en un gran árbol del cual saldrá la cruz que tal como nos recuerda la liturgia del Viernes Santo: "Cruz amable y redentora, árbol noble y espléndido , ningún árbol fue tan rico ni en frutos ni en flor". Podemos decir que de alguna manera el árbol de Navidad nos recuerda la redención. Las luces representan la luz de Cristo en nuestra vida. y la estrella que en algunas ocasiones se coloca en la punta representa a la estrella de Belén que anuncia la redención a la humanidad.

Actualmente, cada elemento que se coloca en el arbolito tiene un significado particular:

- Estrella: en la punta del árbol, representa la fe que debe guiar la vida del cristiano, recordando a la estrella de Belén.
- Bolas: rememoran las manzanas de San Bonifacio. Las actuales esferas simbolizan los dones de Dios a los hombres.
- Luces: recuerdan las velas como luz de Cristo.
- Colores: el azul representa la reconciliación; la plata, el agradecimiento; el oro, la alabanza; y el rojo, la petición.
- La forma triangular del árbol está relacionada con la Santísima Trinidad.


Aparentemente las creencias de los distintos pueblos, son dispares. Pero muy por el contrario, todas tienen la misma esencia.

Se habla del Árbol de la vida, de la Sabiduría y de la Creación. Todos sabemos del Árbol sagrado en torno al cual el hombre está en comunión con Dios.
Con la Esperanza puesta en el Nacimiento a la Vida Nueva en Jesucristo, hoy armaremos en casa el Árbol de Navidad.


Que Dios nos proteja, nos asista y nos cobije, como el Gran Árbol de la Vida que Es.

Que nuestras almas armen sus nidos entre sus ramas sagradas y se sientan arropadas por el calor de la luz divina que emana de El.

domingo, 6 de diciembre de 2009

Apagar los celulares por una hora el 12/12 a las 12 hs

Un grupo de entidades decidió convocar a un "apagón" de los aparatos durante una hora el próximo sábado 12 a las 12 del mediodía como una forma de protesta frente a los aumentos desproporcionados en las facturas.

"Hasta que el Estado no tome a la telefonía celular como un servicio público y las empresas sigan cobrando lo que se les antoja porque el servicio está desregulado, va a haber graves consecuencias para los usuarios", advirtió ayer el diputado Héctor Polino, de Consumidores Libres, en una conferencia de prensa, que dieron las entidades en el café Tortoni.

"Nos oponemos al impuestazo del 1%", dijo Susana Andrada, titular del Centro de Educación al Consumidor (CEC). "Como también a los aumentos en los mensajes de texto que llegan al 53%, a la imposibilidad de dar de baja el servicio telefónicamente y al maltrato que recibimos de los call centers, entre otras cosas", detalló. Según Polino, el cobro del 1% sobre los servicios y abonos, de acuerdo con la ley que acaba de sancionar el Senado, implica que se elevan al 44% las tasas e impuestos del servicio: "una verdadera confiscación de los ingresos de los usuarios", dijo. Y resumió que existe una "connivencia entre el Gobierno y las telefónicas: entre ambas esquilman los bolsillos de los consumidores".

Se sumaron a las denuncias, la Unión de Usuarios y Consumidores y ADUCC. Osvaldo Bassano, titular de esta última, resaltó la importancia de unificar la protesta contra estas medidas "inconsultas que afectan a los usuarios de menores recursos", dijo.

Fuente: La Nación.com

sábado, 5 de diciembre de 2009

Obligación familiar de dar Alimentos

La obligación de cuota alimentaria es una obligación nacida por los vínculos familiares, está regida por el Derecho de Familia, por tanto los derechos son in tuitu personae (inherentes a la persona, no son transferibles ni embargables), son irrenunciables a futuro (pueden renunciarse las cuotas vencidas no abonadas) y no admiten compensación alguna (el deudor no puede invocar créditos contra el alimentado).

Hay tres casos muy diferentes donde nace la obligación de dar Alimentos: 1) cuando hay hijos menores, 2) entre los cónyuges y 3) entre parientes.

En el primer caso (conforme los Arts. 264, 265, 267 y 271 del Código Civil) ambos progenitores deben procurar todos los medios para asegurar la alimentación, vivienda, educación, salud y equilibrio emocional del menor. Se trata de una obligación que nace desde la concepción hasta que el hijo cumple la mayoría de edad, se emancipa o contrae nupcias. La nueva ley declara la mayoría de edad a los 18 años y extiende la obligación de cuota alimentaria y cobertura de obras sociales hasta los 21 años.

Debemos aclarar, que en el caso de los hijos solteros que no se han emancipado y continúan sus estudios universitarios regularmente, mostrando dedicación y esfuerzo, con un buen rendimiento académico, están en condiciones de solicitar cuota alimentaria hasta la terminación de sus estudios universitarios, invocando la obligación de aportar cuota entre parientes. Este derecho que tiene su fuente en una disposición normativa basada en la solidaridad familiar, es de naturaleza asistencial y tiende a la ayuda recíproca de los miembros de la familia de acuerdo con las necesidades y posibilidades de cada uno de ellos”. Conforme lo regulan los Arts. 367 inc.1, 370 y 372 del código Civil, se trata un derecho de alimentos de carácter restringido, y subsidiario. La acción de alimentos debe iniciarla el hijo mayor de edad, en juicio aparte.

En el segundo caso, la obligación de alimentos entre cónyuges es obviamente recíproca y se hace comúnmente exigible en los casos de separación y divorcio.
El cónyuge inocente de la separación personal o del divorcio (Arts. 202 y 204 del Código Civil), como el cónyuge enfermo en los supuestos mencionados en el artículo Art. 203 del Código Civil (enfermedad mental, adicción a las drogas y alcoholismo), conservan el derecho alimentario pleno.
Esto quiere decir que en ese caso el cónyuge inocente y el enfermo tiene derecho a que el otro esposo les dé lo suficiente para que puedan mantener el mismo nivel de vida que tenían antes de la separación.
A su vez el artículo 207 del Código Civil establece que para la fijación de la cuota debe tenerse en cuenta la situación patrimonial de ambos, los ingresos, las posibilidades de trabajar y quién ejerce la tenencia de los hijos.
Pero hay que aclarar que el derecho a recibir alimentos siempre está subordinado a la circunstancia de que uno los necesite y el otro pueda darlos. En el caso de que la situación económica del que es cónyuge inocente o enfermo es mejor o equivalente al cónyuge culpable o sano, entonces en ese caso concreto no se recibirá una cuota.
También se puede dejar a salvo este derecho de alimentos en el proceso de separación o divorcio por presentación conjunta o en proceso de separación o divorcio por causal objetiva (separación de hecho sin voluntad de unirse). Generalmente cuando se deja a salvo este derecho también se conviene una cuota alimentaria determinada.

En los demás casos de separación personal o divorcio entre cónyuges no se conserva el derecho alimentario pleno. Pero sin embargo va a existir el derecho a los llamados "alimentos de toda necesidad". Este derecho se da cuando un cónyuge, sea o no culpable de la separación o divorcio, no sólo no tiene medios sino que además está imposibilitado de conseguirlos. El otro cónyuge, en ese caso, sólo le tiene que dar lo indispensable para vivir.

En materia de alimentos entre ex-esposos finalmente hay que saber que todo derecho alimentario se pierde en caso de que quien los reciba injurie al otro o viva en concubinato.

Y por último, en el tercer caso el Art.367 del Código Civil prescribe que os parientes por consanguinidad se deben alimentos en el orden siguiente: 1°) Los ascendientes y descendientes. Entre ellos estarán obligados preferentemente los más próximos en grado y a igualdad de grados los que estén en mejores condiciones para proporcionarlos. 2°) Los hermanos y medio hermanos. La obligación alimentaria entre los parientes es recíproca”.

Una de las características de éste derecho-deber alimentario es la subsidiariedad, ello implica que la exigibilidad ante los de grado posterior nace frente a la inexistencia o imposibilidad de los de grado más próximo. Por ello, la obligación de los abuelos respecto de los nietos tiene esa condición. Quien pretenda esta protección alimentaria, en nombre de los nietos, debe justificar la insuficiencia de recursos de los padres o bien la imposibilidad de suministrarlos, para poder reclamarlos.
La madre de los menores debe justificar que el padre de ellos se ve imposibilitado de cumplir con su deber, además, la insuficiencia de sus propios recursos o, más apropiadamente, la imposibilidad de procurárselos para poder dirigir su reclamo contra los abuelos.

jueves, 3 de diciembre de 2009

Adultos a los 18 con alimentos hasta los 21

El Senado Argentino convirtió en ley la mayoría de edad a 18 años

Tendrán plenos derechos en materia civil y comercial. Podrán casarse y viajar al exterior sin autorización de los padres. Los progenitores aún deberán continuar con la manutención y la obra social de los hijos hasta que cumplan 21.

El Senado convirtió en Ley un proyecto para modificar el Código Civil y establecer la MAYORÍA DE EDAD a los 18 años, permitiéndole a los jóvenes ejercer plenos derechos en materia civil y comercial.

A pesar de ello, los padres o tutores deberán continuar con la manutención de los hijos y su obra social hasta cumplir los 21 años.

Esta modificación del Código Civil permitirá a los jóvenes, tramitar documentos, firmar contratos, encarar emprendimientos comerciales y casarse a los 18 años sin autorización de sus padres.

La reducción de la mayoría de edad a los 18 años podría tener, sin embargo, algunos efectos jurídicos no deseados, ya que al cesar la patria potestad a dicha edad se extinguiría la obligación alimentaria de los padres y las obligaciones en materia de previsión social. Por ello, se establece como excepción que éstas se extiendan hasta los 21 años.

De este modo, un importante número de jóvenes mayores de 18 años que aún viven con sus padres, porque están desempleados o porque continúan estudiando y no trabajan, seguirán contando con tales beneficios.

Los criterios en el mundo sobre la mayoría de edad son muy diferentes.

En la mayor parte, las personas logran su plena capacidad jurídica y son consideradas mayores a partir de los 18 años.
Pero hay excepciones.
En El Salvador los hombres adquieren ese estatus a los 25 (las mujeres, a los 17), y en algunos países de Africa, a los 13. En Albania y Samoa Americana, a los 14, y, en Kirguizistán, Escocia, Turkmenistán, Uzbekistán y Cuba, a los 16. En Japón, Corea del Sur, Taiwan y Tailandia se alcanza a los 20.
En algunos países, como en los Estados Unidos, difiere según el estado: en Alabama y Nebraska es a los 19, pero en Mississippi, a los 21. A los 18 años los norteamericanos pueden ingresar en el ejército y cumplir tareas en el campo de batalla, pero no pueden beber alcohol hasta los 21. La emancipación o la judicialidad plena en la mayoría de los estados de ese país es a partir de los 21, pero existen casos de personas menores juzgadas como mayores por la gravedad del hecho. Es decir, que la Justicia puede "emancipar" a alguien antes de tiempo. En Canadá también existen regiones que fijan la mayoría de edad a los 18 y otras, a los 19 años.
En Chile, el estatus de mayoría de edad se consigue a los 18 años, después de la sanción de la ley 19.221 de 1993. Y en Uruguay, también. En cambio, en Brasil, la mayoría de edad se alcanza sólo a los 21.
En España, una persona alcanza la adultez a los 18 años, aunque hay una excepción regional: en Aragón, cualquier persona que tenga más de 14 años y desee casarse puede hacerlo y pasa a ser considerada una persona mayor de edad. En el resto del país, la edad mínima para casarse está fijada en los 16 años, aunque para tener relaciones sexuales consentidas se reduce a los 13 años.
Para cumplir una sentencia en prisión, en España los condenados deben tener más de 18 años
Al cumplir la mayoría de edad, nuestros jóvenes no solo gozan de libertades y derechos, sino que también asumen la responsabilidad por todos sus actos penal, civil y comercialmente.
Si bien tienen el beneficio de obra social y alimentos a los que estan obligados los progenitores hasta los 21 años, son plenamente responsables por todos sus actos ante la ley.
¡Que la razón y la prudencia corone cada una de sus decisiones y sean ejemplo y sostén de las futuras generaciones!

martes, 1 de diciembre de 2009

Al fin la cordura judicial

La Justicia suspendió el casamiento gay

Apenas un día antes de celebrarse la primera boda homosexual en América latina, una jueza nacional dio lugar ayer a un pedido de nulidad del fallo judicial que había autorizado el matrimonio de José María Di Bello y Alex Freyre.

La decisión implica la "suspensión en forma provisoria" del acto programado para esta tarde en el Registro Civil de Coronel Díaz y Beruti, hasta que un fuero superior dirima la cuestión de fondo.

El procurador general de la ciudad, Pablo Tonelli, confirmó que el gobierno porteño decidió acatar el fallo que suspende el matrimonio gay y señaló que, por lo tanto, la celebración no se realizará como estaba prevista. Las autoridades porteñas analizan una presentación de inhibición del fallo de suspensión del matrimonio, aunque ayer todavía no habían definido una posición.

El fallo firmado ayer por la magistrada subrogante del Juzgado Nacional en Primera Instancia en lo Civil N° 85, Martha Gómez Alsina, hizo lugar a una medida cautelar presentada por Sabrina Lebed y Miguel Haslop, para que se declarase "la nulidad de la cosa juzgada" al interpretar que un fallo de la justicia porteña en lo contencioso administrativo no podía declarar la inconstitucionalidad de artículos del Código Civil, que, entre otras cosas, exigen la diversidad de sexos para celebrar un matrimonio en la Argentina.

"Está en juego la calidad institucional, porque es grave que una jueza sin competencia tire por la borda 200 años del Código Civil", dijeron los abogados Francisco Roggero y Joaquín Otaegui, representantes de Lebed y Haslop.

"La realidad es que los jueces con competencia, del fuero civil, han rechazado varios planteos similares y lo que acá ocurrió es que hay forum shopping, porque se presentan en cualquier juzgado sin competencia para lograr una sentencia favorable", agregaron los abogados.
Noticia tomada de La Nación.com el1/12/09


A pesar de que nos han tenido en vilo a todos los que amamos el Derecho y sufrimos por los atropellos y salvajadas jurídicas, bienvenida sea esta decisión judicial que pone palos fríos y trae la cordura a la cede tribunalicia nacional.

Es verdad que un tribunal superior deberá hacerce cargo de semejante aberración judicial. Esperemos que la sensatez y la sabiduría triunfen en un tema tan urticante y devastador para las instituciones del derecho de familia.

lunes, 30 de noviembre de 2009

Y vos que hubieras hecho?

Es noticia en Europa. La directora de un banco les sacaba plata a los ricos y se la transfería a los pobres. La conocen como "La banquera Robin Hood". La condenaron a 22 meses de cárcel. Erika B., directora de una oficina bancaria del VR-Bank desde 1990, por que transfería dinero de las cuentas de los clientes ricos a las de los clientes pobres.

La acusada, una señora de aspecto tranquilizador y confiable que tiene 62 años, habría transferido en 117 operaciones unos 7,6 millones de euros. Los sacaba de las cuentas de los clientes más acomodados y los depositaba en las de los clientes que tenían las cuentas en números negativos, para que pudieran saldar sus deudas. Todo lo hizo entre 2003 y 2005 en la sucursal que dirigía en Bornheim, una localidad cercana a Bonn (al oeste de Alemania).

A fin de que los ricos no se dieran cuenta de sus maniobras, hacía las transferencias progresivamente. Creaba líneas de crédito para los clientes pobres a partir del dinero de los clientes ricos, pero las pérdidas de los clientes ricos eran en algunos casos tan elevadas que los directivos del banco acabaron por detectar sus operaciones, la echaron y la denunciaron.

La mujer no cumplirá su condena en prisión porque el Tribunal de Bonn que la juzgó estimó en la sentencia que la acusada actuó "por piedad" y no en busca de un enriquecimiento personal. También tuvo en cuenta que ya perdió su empleo, que reconoció su culpa y que ha intentando devolver parte del dinero que sustrajo, para lo cual incurrió en grandes deudas.

"La acusada no puso ni un céntimo en su bolsillo. Lo hizo únicamente por simpatía hacia la gente que tenía problemas económicos", dijo Thomas Ohm, su abogado.

Bornheim es una pequeña localidad, la acusada conocía personalmente a sus clientes, tenía acceso a sus cuentas y conocía sus vidas. Eso hizo que se enterara de que muchos de sus clientes pasaban por graves problemas económicos y que otros, los más ricos -algunos, con más de un millón de euros en sus cuentas corrientes- no hacían movimientos en sus cuentas durante años. Si les faltaba un pequeño porcentaje, ¿se darían cuenta?, pensó. Y así ideó su sistema para ir transfiriendo el dinero poco a poco, y en pequeñas cantidades, de unas cuentas a otras.

En principio, su plan era reponer el dinero que transfería de los ricos a los pobres una vez que los más necesitados hubieran saldado sus deudas. Sin embargo, en esa ida y vuelta de dinero se detectó que 1.100.000 euros nunca fueron devueltos a sus propietarios.

Los integrantes del tribunal señalaron: "Es difícil encontrar un castigo apropiado. Por una parte hay grandes pérdidas económicas. Pero por otra parte tenemos este sentimiento altruista, que hace del caso algo muy diferente a lo habitual". Los jueces bien podrían haber citado al dramaturgo alemán Bertolt Brecht: "¿Qué es el robo de un banco en comparación con fundar uno?".

La mujer se vio comprometida moralmente con los pequeños clientes del banco a los que conocía muy bien y por los que se jugó todo.
Por lo poco que se sabe públicamente, no la movieron intereses mesquinos, si no la necesidad de ayudar a los clientes acuciados por las deudas, debido a problemas ajenos a su voluntad de pago al banco.
Esto nos hace meditar sobre un tema ya muy viejo y del que poco se habla. La propiedad privada y el bien social. La propiedad de los bienes no es absoluta y ante la inmovilidad, bien pueden pensarse alternativas de movilidad para los que necesitan temporalmente el uso de dichos bienes.
Nadie quiere que le toquen su dinero, ni que le usurpen su vivienda desocupada por años, o que le posean el campo abandonado, para sembrar y cosechar.
¿Pero hasta donde tenemos derecho de mantener inmovilizados bienes que no usamos y cuyos derechos no ejercemos habitualmente, cuando hay otros ciudadanos que necesitan el uso de esos bienes para vivir y producir?
En el sistema capitalista es imposible levantar la voz defendiendo estos conceptos. En el derecho positivo, desprovisto del derecho natural, tampoco.
Que piensan al respecto?

martes, 24 de noviembre de 2009

Rom Houben estaba conciente durante sus 23 años en coma

Un belga estuvo consciente durante 23 años aunque los médicos lo creían en coma
Se llama Rom Houben y un accidente de tránsito lo dejó paralizado. Para los doctores estaba en estado vegetativo irreversible, pero sólo no podía comunicarse. Un escaneo de última generación mostró que sus neuronas estaban perfectas.

Una pesadilla. Así describió Rom Houben a sus últimos 23 años. Tras un accidente de tránsito, estuvo postrado casi la mitad de su vida en la cama de un hospital. Los médicos creyeron que estaba en coma irreversible, pero se equivocaron. Estuvo conciente todo el tiempo, pero le era imposible comunicarse.

El caso tiene shockeada a Europa entera luego de que el diario belga "La Libre Belgique" y el semanario "Der Spieguel" dieran a conocer la historia.

Houben, atrapado en un cuerpo paralizado tras el accidente, intentó todo el tiempo gritarles a los medicos que él podía oírlos y que no estaba en estado vegetativo permanente como ellos pensaban. Pero jamás pudo emitir ni medio sonido.

Los médicos le habían practicado una serie de pruebas neurológicas antes de concluir que su conciencia estaba "extinguida", explica el diario Daily Mail.

Pero hace tres años, una nueva tecnología de escaneo cerebral mostró que sus neuronas funcionaban de manera casi perfecta.

Aquel día fue "como volver a nacer" dijo Houben que soñaba con que alguna vez alguien se diera cuenta de su conciencia. "Frustración es una palabra demasiado pequeña para describir lo que sentí" todo ese tiempo, explicó.

Houben tuvo que esperar a una nueva evaluación de su caso, realizada por el Hospital Universitario de Liege, en la que descubrieron que había perdido el control de su cuerpo, pero aún estaba plenamente consciente de todo lo que sucedía.

Aunque es poco probable que Houben abandone el hospital algún día, lo cierto es que ha avanzado notablemente y hasta puede comunicarse gracias a una computadora y un dispositivo especial que le permite leer libros. "Quiero leer, charlar con mis amigos a través de la computadora y disfrutar de mi vida ahora que la gente sabe que no estoy muerto", dijo.

El caso publicado por el experto en neurología Steven Laureys desató la polémica puesto que el médico asegura que podría haber muchos otros casos como el de Houben. Y pone la lupa sobre la reconocida Escala de Glasgow, el método que utilizaron los médicos para diagnosticar el coma irreversible de Houben y sobre la eutanasia en casos como este.

"Sólo en Alemania cada año unas 100.000 personas sufren alguna lesión cerebral traumática grave. Alrededor de 20.000 caen en coma durante tres semanas o más. Algunos de ellos mueren y otros logran recuperarse", explicó Laureys y lanzó la voz de alarma: "Se calcula que entre 3.000 y 5.000 personas al año quedan atrapadas en una fase intermedia: continúan viviendo sin regresar jamás".

Noticia tomada de Clarín.com el 24/11/2009

sábado, 21 de noviembre de 2009

Esta vez Humor

Es regalos estos minutos de buen humor gráfico que encontré navegando por ahí...








viernes, 20 de noviembre de 2009

Otro "Fallo" en la Justicia Porteña


Insólito fallo sostiene que un conductor ebrio "no puso en riesgo la vida de terceros"

Un juez porteño benefició con una "probation" a un automovilista que no superó un test de alcoholemia el 23 de mayo pasado. Su nivel de alcohol en sangre era cinco veces superior al permitido. Según el fallo, "no se probó que ello haya generado un peligro cierto sobre la vida e integridad física de terceros".

El caso se originó cuando el conductor fue sometido a un test de alcoholemia mientras circulaba con su por la calle El Salvador al 5600 de la Capital porteña. El análisis arrojó que tenía "una concentración de alcohol de 2,26 gramos por litro de sangre" (el máximo permitido para conductores particulares es de 0,5).

El hombre pidió la probation o "suspensión del juicio a prueba" y ofreció donar 400 pesos "a la institución que se determine, abstenerse de conducir cualquier tipo de rodado por el término de 30 días corridos y asistir al curso que se dicta en la Dirección General de Educación Vial y Licencias del Gobierno" porteño.

El fiscal contravencional Adrián Martín se opuso, pidió una pena de dos días de arresto o, en su defecto, una probation con medidas más rigurosas, entre ellas "abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, aprobar el curso de educación vial, abstenerse de conducir durante 40 días corridos, inmovilizar el rodado durante 40 días corridos, realizar tareas comunitarias durante 20 días o 160 horas y dar a favor de una entidad de bien público la suma 3.300 pesos".

Pero el juez en lo contencioso administrativo y tributario consideró que la probation "resulta procedente, aun cuando no se cuente con el consentimiento del Representante del Ministerio Público Fiscal". "Si bien al momento de informarle al imputado el hecho endilgado se le hizo saber que consistía en haber conducido un vehículo en estado de intoxicación por la ingesta de alcohol, en virtud de que el resultado del test de alcoholemia arrojó un resultado de 2,26 miligramos, no se probó que ello haya generado un peligro cierto sobre la vida e integridad física de terceros", consideró el juez.

"Si bien los hechos investigados en el expediente podrían conectarse con la problemática que, con bastante frecuencia, trae aparejada la ingesta de bebidas alcohólicas, ello tampoco puede ser un motivo válido para oponerse a la concesión" de la probation, añadió.

El juez insistió en que "de lo actuado no surge de modo fehaciente -ni la Fiscalía lo ha probado-, que el hecho haya puesto en peligro 'inminente' la vida o la integridad física de terceros -circunstancia que no cabe deducir únicamente del resultado del test de alcoholemia practicado al imputado".

La probation fue concedida con la obligación de "realizar el Programa de Educación Vial..., abstenerse de conducir vehículos por 30 días, para lo cual deberá hacer entrega de su licencia de conducir, realizar 40 horas de trabajos comunitarios en un lugar cercano a su domicilio y fuera de sus horarios habituales de trabajo y entregar 400 pesos a una institución de bien público".

Esta noticia fue tomada del Clarín 19/11/09.

Me pregunto que está pasando en la Justicia porteña.

¿Serán el alto grado de contaminación ambiental, las ensordecedoras ondas de los recitales, las microondas de los celulares o la polinización cruzada de las flores, las causas de tanto descalabro mental en los juristas que tienen que sentenciar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?

¿Se creyeron tanto lo de la Autonomía, que ya no respetan los principios fundamentales del Derecho como el plasmado en artículo 902 del código Civil? En el se reza: " Cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos.

Creo que Don Guillermo Morosi está dando un mensaje muy negativo a la sociedad, ya que su "fallo" está dando antecedentes para que los negligentes sigan bebiendo de mas y conduciendo sin darle importancia a las consecuencias riesgosas de su accionar imprudente.
Mi papá se preguntaría: ¿Che... ese juez se desayuna con whisky?

Que Dios y la Patria se lo demanden.

martes, 17 de noviembre de 2009

Matrimonio & Grupos Gays y la discriminación

Desde que tengo uso de razón, en el aprendizaje de los primeros años de vida, "la discriminación" de las cosas y las acciones fue un elemento esencial para saber discernir, distinguir algo de otra cosa, señalando la diferencia entre ambas.

Si no realizamos el acto de discriminar, o sea de seleccionar excluyendo, no aprendemos a clasificar, ordenar y valorar las cosas, los hechos y acciones. Y no sabiendo seleccionar, ordenar y valorar, no podemos construir un razonamiento que sea válido.

El hombre desde que se despierta discrimina, antes de realizar cada acto. Es un presupuesto básico en la toma de todas sus decisiones, tanto las banales como las importantes.

Si bien esta palabra en su segunda acepción, importa dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por razones de sexo, religión, raza, ideas políticas, etc... ello no importa darle al concepto en su totalidad un sentido nefasto y por tanto arremeter contra el, pretendiendo imponer LA PROHIBICIÓN A TODO TIPO DE DISCRIMINACIÓN.

Imponer la ley de no discriminación de un modo absoluto significa prohibir al ciudadano que razone con sentido común, y por tanto que pueda manifestar su naturaleza racional.

Si se impone ésta insensatez, comienzan a regir las normas del MUNDO DEL REVÉS, donde todo esta dado vuelta.

No solo estamos viendo los desastres climáticos por el efecto invernadero, en Argentina estamos sufriendo también el caos, por la enajenación de juristas positivistas, que pretenden desterrar el iusnaturalismo, en cuestiones tan sensibles como la institución del Matrimonio y el estado familiar.

El "Fallo" dictado por la Dra. Gabriela Seijas, desde su cargo de Jueza del Fuero Contencioso Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es literalmente un un "acto fallido", que a todas luces debe ser atacado de nulidad absoluta, por arrojarse competencia para desvirtuar la institución del matrimonio y desnaturalizar el Derecho de Familia.

No hay en los considerandos, ni en los fundamentos de la sentencia, razón valedera alguna para dilapidar la institución del Matrimonio, declarando nulos los artículos 172 y 188 del Código Civil de la Nación Argentina.

Para los que quieran leer la sentencia porteña a la que hago referencia y que es literalmente un "fallo":

Tanto los homosexuales, como las lesvianas, transexuales y travestis que decidieron vivir su sexo de un modo diferente al natural, deben ser respetados en sus decisiones íntimas, siempre que no vulneren los derechos de los demás. La misma norma cabe a todos los heterosexuales.

Considero, que hay un montón de cuestiones nuevas que deben ser reguladas por el Derecho, relativas a los derechos laborales, patrimoniales, sucesorios y de previsión social que tienen los grupos gays.

Pero al pan pan y al vino vino...

Las nuevas situaciones que el Derecho debe preveer y legislar, relativas a relaciones de ese tipo, muestran la necesidad de crear nuevas instituciones o construcciones juridicas, sin desvirtuar ni desnaturalizar la institucion del matrimonio.

El matrimonio es el principio y raíz de la sociedad y de la humanidad toda, no es un mero convenio de voluntad entre dos seres humanos que comparten el sexo y quieren por razones afectivas convivir de un modo permanente bajo un mismo techo.

Por el contrario es un acto jurídico muy complejo, en el que intervienen pesonas de distinto sexo, y por el que se instituye el estado de la Familia, ya que es instrinsecamente necesaria la capacidad de procrear hijos o de cobijar y educar hijos adoptados.

El rol de marido y esposa, de padre y madre son inmanentes al matrimonio y la familia, e importan los cimientos psicológicos y espirituales en la formacion de la personalidad de hijos, sean procreados o adoptados.

viernes, 13 de noviembre de 2009

La Prudencia se quedó en casa

Es comun ver en las calles de mi ciudad, familias enteras montadas a su moto, zigzagueando entre los automóviles, cruzando los semáforos a duras penas, tanto a la izquierda como a la derecha del carril.
En su mayoría son jóvenes que justifican la asuncion de los riesgos, en la economía de gastos, en el manejo de los horarios, en la imposibilidad de dejar a los niños con alguien en casa...
Solo cuando sufren un accidente ven las consecuencias reales del riesgo que habían asumido, y se golpean el pecho insultando las alturas por la desgracia.
¿Hasta donde es prudente asumir un riesgo?
¿Saben los jóvenes que existe un patrón valorativo donde priorizar sus vidas y sus amores, por sobre todo lo demás?
¿Donde quedó la madre de todas las virtudes y la gran protectora de nuestra supervivencia?
¿Han oído hablar alguna vez, en boca de sus mayores, de lo bueno que es seguir los caminos de LA PRUDENCIA?
Sobre la desgracia y el excarmiento que les da la vida por las acciones insensatas, es muy dificil educar y evangelizar.
Doy gracias a Dios por quienes, pensando éstas cuitas desde su rol social, han logrado dar una voz de "alto y prohibido", para salvar tantas vidas regidas por la imprudencia.
La Cámara de Diputados de San Juan aprobó ayer por unanimidad un proyecto que prohíbe transportar a menores de 10 años y que circulen las embarazadas en motos y ciclomotores en el ámbito de la provincia.
Gracias Señor, por esta luz en el camino, en protección de nuestros hermanos imprudentes.
Espero que de ese modo, ya no se deje la prudencia en casa y esté presente en los bagayos que llevamos todo los días, en nuestro diario caminar.

miércoles, 11 de noviembre de 2009

El Reino de la Intolerancia y el Autoritarismo

Contrariamente a la naturaleza jurídica que debe tener todo sindicato, el Sindicato de Camioneros que conduce Moyano, es el Reino del Autoritarismo y Servilismo kirchnerista.
Es lamentable ver en un pais que tanto luchó para lograr el respeto a las libertades sindicalistas, como los mismos protagonistas del sindicalismo, desvirtuan y destruyen la esencia del sindicalismo nacional, mostrando groseramente su presión mafiosa a quienes no tienen la voluntad de someterse a su representación sindical.

Lo que están viviendo los Distribuidores de Diarios y Revistas, es propio del apriete mafioso de la decada del 30 en el Chicago Estadounidense.

Y lo mas escandaloso y repudiable es el silencio delator del Gobierno Nacional.

Es evidente el apriete que nuestra benemérita presidenta, hace a un sector de opinión que no se le doblega, utilizando a los Mazorqueros de estos tiempos. Los de Rosas vestían ponchos rojos y cabalgaban los llanos, llevando el terror a los opositores del gobierno. Hoy se movilizan en camiones, usan camperas de cuero y acorralan a los trabajadores que no se dejan apabullar por las bravuconadas.

Tenemos que alzar la voz en defensa de los Distibuidores de Diarios y Revistas del pais, unirnos a ellos en su hora de asedio, ya que mañana podemos ser nosotros los asediados por la intolerancia y autoritarismo kirchnerista.

martes, 10 de noviembre de 2009

El Amor Paterno


Cuando nuestro padre nos ama e infunde ese amor en todos sus actos diarios, vivimos en un estado de felicidad permanente.

Nuestro padre nos cuida, nos asiste, nos provee de lo que necesitamos y hasta de lo que deseamos disfrutar sin necesidad.

Ese amor nos aleja de todos los temores y riesgos. Nos reconforta y nos anima.

Cuando tenemos la gracia de Dios de tener un padre amoroso, tenemos el regalo de vivir aquí en la tierra una cuota - tipo muestra gratis - de lo que es la felicidad eterna.

Por eso es tan importante permitirle al hombre ser un buen padre. Lo que él le brinda a su hijo es muy diferente de lo que le da la madre.

Si las madres supieran el daño que le hacen a sus hijos al cuestionar la integridad y el amor que le tiene el padre, jamás lo harían.

Que la gracia de Dios ilumine la maternidad de todas las mujeres, para que sepan respetar y compartir su estado familiar con el padre de sus hijos. Solo así la felicidad es plena y duradera.
Y los hijos amamantados con ese amor, tendrán la fortaleza de transitar esta vida, sabiendo cual es el camino para llegar a la Patria Celestial.

Dios bendiga a mi padre Domingo, que es para mi el Cielo en la tierra.

sábado, 31 de octubre de 2009

Datos interesantes

Viendo varios temas encontré estas pagínas que me parecieron muy curiosas,

para charlar y divagar sobre estos acontecimientos singulares.

Después de pasar por los link, dejen sus impresiones si?

http://asusta2.com.ar/2009/10/28/lluvias-sobrenaturales/


http://blogdelanoticia.blogspot.com/2009/09/amenaza-mundial-por-deshielo-de-artico.html

http://www.lareserva.com/home/desastres_naturales_mas_extranos


Halloween y la Celebración de todos los Santos

Halloween tiene su origen en una festividad celta conocida como Samhain, que significa fin del verano.
En el Samhain se celebraba el final de la temporada de cosechas en la cultura celta y era considerada como el “Año Nuevo Celta”, que comenzaba con la estación oscura.
Los antiguos celtas creían que la línea que une a este mundo con el Otro Mundo, se estrechaba con la llegada del Samhain, perminitendo a los espíritus (tanto benévolos como malévolos) pasar a través.
Los ancestros familiares eran invitados y homenajeados mientras que los espíritus dañinos eran alejados.
Se cree que el uso de trajes y máscaras se debe a la necesidad de ahuyentar a los espíritus malignos. Su propósito era adoptar la apariencia de un espíritu maligno para evitar ser dañado. En Escocia los espíritus fueron suplantados por hombres jóvenes vestidos de blanco con máscaras o la cara pintada de negro.
El Samhain también era un momento para hacer balance de los suministros de alimentos y el ganado para prepararse para el invierno. Las hogueras también desempeñaron un papel importante en las festividades. Todos los otros fuegos se apagaban y en cada hogar se encendía una hoguera en la chimenea. Los huesos de los animales sacrificados se lanzaban a la hoguera.
Otra práctica común era la adivinación. que a menudo implicaba el consumo de alimentos y bebidas.

Cuando tuvo lugar la ocupación
romana de los dominios celtas la festividad fue asimilada por estos. Aunque ya celebraban los últimos días de octubre y primeros de noviembre una festividad conocida como la "fiesta de la cosecha", en honor a diosa de los árboles frutales, se mezclaron ambas tradiciones. Las manzanas eran muy populares y pronto formaron parte de las celebraciones.
Se dice que la noche de Halloween, la puerta que separaba el mundo de los vivos del Más Allá se abría y los espíritus de los difuntos hacían una procesión en los pueblos en los que vivían.
En esa noche los espíritus visitaban las casas de sus familiares, y para que los espíritus no les perturbasen los aldeanos debían poner una vela en la ventana de su casa por cada difunto que hubiese en la familia. Si había una vela en recuerdo de cada difunto los espíritus no molestaban a sus familiares, si no era así los espíritus les perturbaban por la noche y les hacían caer entre terribles pesadillas.
En una época en la que predominaban las festividades "paganas", los Papas Gregorio III (731–741) y Gregorio IV(827–844) intentaron suplantarla por una festividad cristiana (Día de Todos los Santos) que fue transladada del 13 de mayo al 1 de noviembre.
El Día de Todos Los Santos es una tradición cristiana instituida en honor de Todos los Santos, conocidos y desconocidos, según el papa Urbano IV, para compensar cualquier falta a las fiestas de los santos durante el año por parte de los fieles.
Desde mi punto de vista religioso, hallowen es un fiesta pagana que viene desde la noche oscura de la humanidad, nacida en un pueblo nórdico que dista mucho de nuestras raices religiosas judeo - cristianas.
En halloween, se unen las creencias del más allá, la influencia dañina que los espiritus malvados pueden infringir a los vivos, y la oportunidad de realizar fiestas donde el descontrol, la vulgaridad y el culto a lo horrendo son elementos esenciales.
Desde antiguo se sabe que los que profesan cultos negros y realizan maleficios, tienen este día agendado de un modo muy especial, porque en el realizan toda clase de atrocidades.
Por ello y para la protección de los cristianos, es bueno saber que el 31 de octubre requiere especial oracion porque es VISPERA DE TODOS LOS SANTOS.
La Iglesia Cristiana nos enseña a caminar por los oscuros senderos de los sobrenatural dándonos los elementos de proteccion y liberacion del Mal.
Y es precisamente en la Comunión con Todos los Santos que podremos defendernos de las asechanzas del Maligno y sus secuaces.
Velar este día, Orar y pedir protección para nuestro Hogar y el de todos nuestros seres queridos y conocidos, es el mejor consejo que se puede brindar.

miércoles, 28 de octubre de 2009

El poema de mi niña

Mi niña, escribe desde hace tiempo.


Muchos poemas tuve que leer e interpretar, dando mi opinión.


Si bien en un comienzo se conformaba con la opinión familiar, su genio creador, esta necesitando la visión mas amplia y objetiva de críticos imparciales.


Por ello, y con su permiso, estoy posteando este poema suyo, para que todo aquel que lo lea pueda emitir su comentario.

Todos hablan,

nadie escucha...

Una paloma grita,

en una tumba, muerta

una flor espera que alguien la riegue con su llanto...

Sombras que pasan y aquella luciérnaga que triste se apaga...

Y los árboles crecen,

frente al llanto de una niña que perdió su muñeca bajo la cama...

Unas palabras hirientes salen de la boca de una hiena,

y un triste cordero herido que clama por su pastor...

Un par de lobos que le aullan a la luna para pedirle su comprensión,

y un ángel que no entiende el girar del mundo...

De Carolina M.S. Martín (13 años)

lunes, 12 de octubre de 2009

Calentamiento Global

Somos la última generación que puede producir el cambio.

Esas fueron las palabras del presidente francés Nicolás Sarkozy.

La mitad de la ciudad de Buenos Aires bajo el agua.
La mayoría de las poblaciones de la Pampa húmeda desaparecidas bajo enormes lagos salinos.
Todo el noroeste sumido en una sequía permanente.
El Chocón sin agua por años.
La generación de electricidad por energía hidroeléctrica reducida a menos de la mitad.
Enormes migraciones hacia la zona cordillerana de la Patagonia en busca de agua.
Eso para la Argentina.
El resto del mundo estaría aún en peores condiciones.
La mitad de la población mundial no tendría nada que beber. La otra mitad poco que comer. Y no se trata de un film apocalíptico.
Es apenas la conclusión del último informe de la Oficina Meteorológica de Gran Bretaña sobre las consecuencias de que no se llegue a un acuerdo para reducir las emisiones de los gases contaminantes que producen el efecto invernadero; que no se firme un nuevo acuerdo (este 20 de diciembre) que sustituya al de Kyoto antes del 2012 acá en Copenhague.

viernes, 9 de octubre de 2009

ESCANDALO JUDICIAL EN SAN JUAN

Un nuevo escándalo tiñe designaciones judiciales.
DIARIO DE CUYO, nos muestra la lista de las designaciones decretadas por la Acordada del 30 de septiembre de este año, mostrando las relaciones de parentezco de los afortunados:
De los 39 nuevos empleados del Poder Judicial de San Juan, 33 ingresaron con el cargo de escribientes. De ese grupo, dos fuentes de la Justicia identificaron a los que son familiares o parientes políticos de cortistas, jueces, camaristas y funcionarios del Ministerio Público.
También está el hijo de un ministro.
La lista de los nuevos empleados
- María Sol Teresa Macchi, hija de Carlos Macchi, titular del Quinto Juzgado Civil;
- Martín Oscar Balverdi, hijo de Oscar Balverdi, ministro de Salud Pública;
- Carlos Alberto Palacio; sobrino del cortista José Soria Vega;
- Cristóbal Luis Caballero Vidal, hijo del cortista Juan Carlos Caballero Vidal;
- Juan Facundo Gil Nale, hijo de Eduardo Gil, del Segundo Juzgado en lo Correccional;
- María Eugenia Riveros, hija del camarista Civil Gilberto Riveros;
- Mariela Susana Iglesias Galante, hija de Raúl Iglesias, integrante de la Cámara de Apelaciones en lo Penal;
- María Eugenia Rahme Quattropani, sobrina de Eduardo Quattropani, fiscal general de la Corte;
- Gustavo Matías Manini Roldán, hijo de Gustavo Manini, titular de la Fiscalía de Cámara Nro. 3;
- Alejandro Alfredo Oliver Montilla, yerno de Carlos Eduardo Balaguer, miembro de la Corte de Justicia;
- Eugenio Maximiliano Barbera, hijo del juez Eugenio Barbera, de la Cámara de Apelaciones en lo Penal;
- Ana Victoria Herrero Palacios, hija del juez Félix Herrero Martín, de la Cámara de Apelaciones en lo Penal;
- Nicolás Humberto Medina Guardia, hijo del cortista Angel Humberto Medina Palá y
- Fernando Alfredo Garay, yerno del secretario administrativo de la Corte, Luis Recio.
Entre las 6 personas con cargo de auxiliar siguen los familiares y hay una sobrina de un diputado:
- Ana Carolina Santiñaque Coll, sobrina del diputado Julio Coll y del secretario de Política Económica, Daniel Coll;
- María Laura Fuentes Recio, sobrina del secretario administrativo de la Corte, Luis Recio y
- Daniel Héctor Velert Baistrocchi, hijo del ex cortista Jaime Velert Frau.
Si bien la Corte invoca normas de orden constitucional para fundar sus designaciones, caben varios interrogantes ciudadanos:
- ¿Donde está la igualdad ante la ley si no se hacen los concursos con derecho a oposición para la designaciones?
- ¿Donde quedó la igualdad de oportunidades para la igualdad de aptitudes y capacidades?
- ¿No debe la Transparencia ser la regla en todos los actos del Estado?
- ¿Donde quedan las garantías Constitucionales,cuando se anteponen intereses familiares a la transparencia en los actos administrativos?
-¿Cual es el mensaje que nuestra Reprentante Máxima de la Justicia y Equidad le da a su ciudadanía?

miércoles, 7 de octubre de 2009

Cuando el AMOR es invencible

Comenzamos a amar desde que nacemos.
Nuestra viva comienza con la necesitad de tener y adueñarnos de nuestros amores.
Con el tiempo, aprendemos a tratar al ser amado como nuestro par, nuestro igual, con derecho a ser libre para amarnos o no.
Cuando llega a nuestras vidas el Gran Amor, el amor amado, el amor que nos ama, la felicidad y la plenitud es inmensa.
La felicidad deja de ser temporada para ser Estado del Alma.
Pero todavía nos queda mucho por aprender.
Todavia dirigimos ese amor a la materialidad de nuestro compañero de vida...
Todo puede suceder, nuestro hombre se puede ir o puede dejar de amarnos, puede tomar desiciones en soledad que lo distancien de nuestros brazos.
Cuando ya no podemos abrazar al dueño de ese amor, descubrimos una Verdad intangible, pero tan real e infinita que nos apabulla y nos llena.
Aunque ya no este nuestro compañero, ese amor que arde en el alma no muere, se hace mas grande... y aunque duele mucho, acaricia.
Luego del llanto largo viene el silencio.
Y en ese silencio descubrimos asombrados que el AMOR NOS ACOMPAÑA.
Deja de ser un sentimiento dirigido al ser querido, para SER en nosotros y con nosotros.
Descubrimos que el AMOR es, mas allá de todo...
Que lo vence todo, que es infinito, que no tiene límites ni medidas.
Mas amamos y mas sed de amor tenemos.
Por eso es bueno agradecer al ser humano que nos despertó al Gran Amor, porque desde entonces no dejamos de caminar hacia el AMOR, el verdadero y único amor.

lunes, 5 de octubre de 2009

Cuando los cambios nos sorprenden

Hace un par de semanas todo empezó a cambiar.
Después de un largo tiempo de serenidad y estabilidad, empezaron a aparecer los nubarrones y se puso tormentoso.

En el trabajo tuve una mala noticia Y tuve que avocarme a un trámite muy dificil.

El clima enloqueció, de grandes zondas pasamos a frios polares. De los brotes en los árboles a las heladas matutinas.

Se fue la Gripe A y empezaron todas las alergias.

Ana después de una larga espera, tuvo que despedir un gran amor... aunque creo que todavia hay una historia que se deben esas dos almas.

Se fueron las jornadas tranquilas y sin temores.

Mis días, en estos tiempos, son intensos y llenos de vaivenes. Con preocupaciones y meditaciones sobre los problemas que pueden venir.

El tiempo de descanso y paz dió paso al tiempo de mucho trajin y lucha.

En Dios pongo mi esperanza y le pido la fuerza y la luz para transitar esta etapa tan movida.