viernes, 18 de diciembre de 2009

Síntomas dictatoriales en Latinoamérica

Hace un par de días, dos noticias me pusieron en estado de alerta jurídico.

La primera fue desde Venezuela:
Un nuevo conflicto de poderes sacude a Venezuela. El presidente Hugo Chávez reclamó una pena de 30 años de cárcel para una jueza que fue detenida el jueves, acusada del delito de "abuso de poder" tras otorgarle la libertad a un banquero.

El mandatario llamó "bandida" a la magistrada, lo cual desató el rechazo de la oposición y de algunos expertos legales, según los cuales el caso es un indicio más de la influencia que Chávez sobre el Poder Judicial.

La otra noticia es local:

El presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, Ricardo Recondo, calificó hoy como “un Golpe de Estado contra el Poder Judicial” que el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, ordenara a la policía desconocer una resolución judicial para desalojar la sede del gremio de los aeronavegantes, en conflicto por las elecciones de sus autoridades.

“Hay una subversión constitucional. Antes se pretendía manejar a los jueces a través del Consejo de la Magistratura, nombrando jueces amigos, presionándolos, y ahora resulta que cuando se encuentran con un juez que procede de manera independiente, se ordena no cumplir con sus órdenes”, se quejó Recondo.

En ambos casos, es evidente la violación a la Autonomía de poderes.

Avasallando la autoridad judicial, se destruye el equilibrio que otorga la división de los poderes del estado. De ese modo se socaban los cimientos de toda República Democrática.
Siempre está latente el espíritu dictatorial, y tienta a quienes tienen el poder ejecutivo. Esa sed insaciable de poder los lleva a manejar y manipular al poder legislativo en primer término, ya que es más fácil de acceder. Cuando lograrón amancebar a los legisladores van por más; tratando de amordazar, frenar, condicionar o quitarle poder a la Justicia.

Cuando estamos presenciando actos de éste tipo, la situación a mi criterio es grave. Como ciudadanos, cada uno desde su puesto tiene que defender las instituciones que dan vida y fortaleza al sistema democrático. Por ello es bueno ver a las instituciones defendiéndose frente a los avances ilegales de los otros poderes.

Un ejemplo de lo que digo está en los jueces que hacen valer las garantías constitucionales, enfrentándose a los poderosos, como es el caso del juez civil y comercial federal Edmundo Carbone.

Frente a una nueva ley de medios audiovisuales, que es lesiva del derecho de la propiedad suspendió la aplicación de dos artículos que obligan a desprenderse de canales de televisión, radios y señales en el plazo de un año, y sólo autorizan a transferir licencias con la autorización de la nueva Autoridad de Aplicación, que pretende controlar el oficialismo.
Esta medida cautelar, solicitada por el Grupo Clarín (particularmente perjudicado por aquellos artículos), es la primera decisión judicial contra la controvertida ley de medios.
La resolución ya fue notificada a la Jefatura de Gabinete y suspende la aplicación de los artículos 41 y 161 de la ley sancionada en octubre por entender que podrían afectar "en forma retroactiva e inconstitucional" los derechos de propiedad y de industria lícita. La ley intenta cambiar el mapa de los medios audiovisuales en la Argentina, donde operan siete grandes grupos y muchos operadores más pequeños.

Si la Justicia en el futuro, confirmase que el artículo 161 es inconstitucional, los grupos de medios no tendrían la obligación de vender (desinvertir), lo que viola el derecho de propiedad sobre las inversiones que hicieron en el sector.
Para el juez, "los artículos en cuestión conducen a un menoscabo de los derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita" y, citando un fallo de la Corte Suprema, recordó que "si bien el Estado puede reglamentar el derecho de propiedad, el ejercicio de esa facultad no puede conducir a disminuir sustancialmente el valor de una cosa" (en alusión a la pérdida del valor de las licencias). "El contenido del derecho constitucional de propiedad se vincula con la noción de derechos adquiridos, o sea, de derechos definitivamente incorporados al patrimonio de una persona. Y, por otra parte, los artículos 41 y 161 de la ley contrarían el Código Civil, que establece que las leyes no tienen efecto retroactivo y que la eventual retroactividad nunca podrá afectar derechos amparados por garantías constitucionales."
También afirma que "resulta sumamente llamativo que la ley haya sido sancionada, promulgada y publicada en el Boletín Oficial el mismo día, destacando que se trata de un día inhábil para la administración pública, ya que su publicación se produjo el sábado 10 de octubre del corriente año, siendo que tal publicación se edita de lunes a viernes y no se indican las razones del apresuramiento".
Estos hechos muestran en los gobernantes una falta absoluta de respeto por la Administración de la Justicia y por las leyes que rigen el Estado que están administrando por mandato popular.

Mientras no instauremos un sistema jurídico que obligue a los gobernantes salientes a rendir cuantas por sus actos, y no maduremos una conciencia popular de control permanente sobre los actos de gobierno; tendremos una república enferma por las conductas dictatoriales.

Rescato el patriotismo y la valía de hombres como el Juez Edmundo Carbone, que defiende el Estado de Derecho, haciendo respetar las garantías constitucionales no solo a los particulares, en éste caso al poder ejecutivo y legislativo en pleno.

Espero que la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirme su fallo, y declare inconstitucionales, las normas que agravian los derechos civiles de todos los que habitamos éste querido suelo argentino.

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